Boletín Diciembre 2025



El pasado 19 de noviembre de 2025 se publicó en el DOF una reforma a la Ley Aduanera que impacta a importadores, exportadores, agentes aduanales y empresas que operan en recintos fiscalizados y que entrara en vigor a partir del 01 de enero 2026.

El objetivo de esta reforma es fortalecer el control aduanero, modernizar procesos y clarificar responsabilidades.

A continuación, encontrarás algunos de los cambios más relevantes con el artículo correspondiente dentro de la reforma a Ley Aduanera:

a) Responsabilidad reforzada del agente y agencia aduanal (art. 54,59,162,163,164):

La reforma amplía la responsabilidad solidaria del agente y agencia aduanal respecto a:

  • Veracidad de la información declarada.
  • Validación de documentación.
  • Correcta determinación de contribuciones y cumplimiento de regulaciones.

Esta modificación elimina criterios que limitaban las obligaciones de los agentes o apoderados aduanales por lo que ahora ellos son los responsables de la veracidad de todos los datos del pedimento, así como de validar que el importador/exportador cuenta con documentación completa y correcta.

Esto aumenta la importancia de entregar información y documentos exactos, completos y oportunos.

b) Fortalecimiento del expediente electrónico (art. 59 F I, VII)

Obliga a conservar y proporcionar un expediente electrónico más completo, que incluya:

  • Contratos
  • Comprobantes de pago
  • Documentos de transporte
  • Seguro
  • Elementos del valor en aduana
  • Comprobantes fiscales y documentos equivalentes

Este expediente debe acreditar valor, origen, destino, descripción y trazabilidad de la mercancía.

Algunos de los impactos que estos cambios traerán son:

  • Más documentos obligatorios: El expediente ahora requiere respaldos completos de pagos, contratos y elementos que ayuden a determinar el valor de las mercancías.
  • Mayor responsabilidad del agente aduanal: Por lo tanto, se estará solicitando mayor información, aclaraciones y documentos de soporte.
  • Mayor exposición en auditorías: La autoridad podrá solicitar más documentación y cruzar información con bancos, proveedores y transportistas.

c) Ajustes en tránsitos y depósito fiscal (art. 119):

Incluye reglas más estrictas en:

  • Permanencia de mercancías
  • Tiempos de traslado
  • Entrada en depósito fiscal

Recomendaciones para tus operaciones de comercio exterior:

  • Guarda e integra tus expedientes digitales.
  • Asegúrate de que todos tus documentos coincidan perfectamente con pedimento.
  • Revisa que tus valores declarados en pedimento estén soportados con los documentos que integran el expediente de comercio exterior.
  • Mantén comunicación continua con tu agente aduanal.
  • Establece contratos y acuerdos de servicio con tu agente aduanal.
  • Actualiza tus procedimientos internos de comercio exterior.

La reforma obliga a un nivel de documentación mucho más amplio y a una validación más estricta de datos. Nuestro equipo puede apoyarte en la implementación de estos procesos para asegurar cumplimiento total.

De conformidad con el artículo 89 del Código Fiscal de la Federación, manifestamos que la presente asesoría es una opinión de López Facio Consultores S.C., sin embargo, siempre estará sujeta a la interpretación de las autoridades fiscales y/o aduaneras, por lo que en caso de que dicha interpretación resultara ser distinta a la opinión otorgada, López Facio Consultores S.C.no incurrirá en responsabilidad alguna.