
El pasado 27 de diciembre de 2025, la SHCP publicó la resolución para las Reglas Generales de Comercio Exterior y el Anexo 13 vigentes para el presente año, las cuales entraron en vigor el 1 de enero de 2026 y serán aplicables durante todo el ejercicio fiscal, salvo las disposiciones con vigencia específica establecidas en los artículos transitorios.
Dicha resolución tiene como objetivo principal de reforzar y actualizar el marco normativo aplicable a las operaciones de comercio exterior, añadiendo ajustes relevantes en materia de control aduanero, padrones de importadores y exportadores, obligaciones formales y sanciones, así como la actualización de montos y multas, con el fin de fortalecer la fiscalización y brindar mayor certeza jurídica a los contribuyentes que participan en estas operaciones.
En consideración de lo anteriormente mencionado, se destacan los siguientes puntos:
- Dos nuevas causales de suspensión al Padrón de importadores (Regla 1.3.3):
Se omita la presentación de cuenta aduanera de garantía o carta de crédito o esta contenga datos incorrectos que representen un monto inferior al que debió garantizarse. Esto se implementa principalmente para erradicar y disminuir las prácticas fiscales incorrectas.
- Actualización causales suspensión de patentes aduanales (Regla 1.4.11):
En esta nueva versión se precisa que, para evitar la cancelación de patente, no solo se deben pagar impuestos derivados de una mercancía con valor inferior declarado (menos del 50%), sino todas las contribuciones correspondientes.
- Actualización multas Anexo 13:
Montos en porcentaje que aumentan desde el 13% hasta casi el 82% en algunas multas.
| Multa | Fundamento | 2025 | 2026 | |
| Datos inexactos, falsos u omitidos. | 185, fracción II LA | $2,330.00 a $3,310.00 | $2,640.00 a $3,750.00 | |
| Control de inventarios | 185-B LA | $23,910.00 a $47,860.00 | $27,070.00 a $54,180.00 | |
| Transmisión incorrecta en cove | 184-B, I LA | $29,420.00 a $49,050.00 | $53,500.00 a $106,970.00 | |
| Omisión de contribuciones | Artículo 200 LA | $80,220.00 a $106,970.00. | $90,820.00 a $121,100.00 |
- Expediente electrónico agentes aduanales (Regla 1.4.14):
Establece la obligación de incluir en el expediente electrónico de los usuarios, que soliciten operaciones de comercio exterior, toda la documentación legal, fiscal y operativa necesaria para acreditar su identidad, domicilio, representación legal, existencia y ubicación de las instalaciones donde realiza sus operaciones de comercio exterior.
- Documentación y registros que acrediten la operación de comercio exterior (Regla 3.1.42):
Se adiciona con el fin de establecer la obligación de incluir todos aquellos documentos que acrediten que las mercancías fueron efectivamente destinadas al régimen aduanero consignado en el pedimento o en el documento aduanero correspondiente: contratos, facturas, documentos de transporte, comprobantes de entrega, registros internos, documento que pruebe la dirección de destino, listado de trabajadores y nóminas de los que tuvieron intervención directa y comprobable, por mencionar algunos.
En conclusión, las modificaciones incorporadas en las RGCE 2026 implican un mayor nivel de responsabilidad y control para las empresas importadoras y exportadoras, particularmente en lo relacionado con el cumplimiento de obligaciones fiscales, padrones y sanciones. La actualización del Anexo 13 y las nuevas causales de suspensión y cancelación requieren fortalecer los controles internos, la correcta integración documental y la supervisión permanente de las operaciones de comercio exterior, para evitar riesgos operativos y fiscales en el transcurso del año y en auditorias posteriores.
De conformidad con el artículo 89 del Código Fiscal de la Federación, manifestamos que la presente asesoría es una opinión de López Facio Consultores S.C., sin embargo, siempre estará sujeta a la interpretación de las autoridades fiscales y/o aduaneras, por lo que en caso de que dicha interpretación resultara ser distinta a la opinión otorgada, López Facio Consultores S.C.no incurrirá en responsabilidad alguna.


