«Donde consultar la fecha de habilitación tecnológica según su aduana para el uso del formato DODA.”



El pasado Lunes 19 de Diciembre del año en curso entra en vigor la regla 3.1.32 publicada en la ‘Segunda Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2016’ la cual prevé que El Documento de Operación para Despacho Aduanero (DODA) se presentara a la aduana de despacho para activar el mecanismo de selección automatizado (MSA) en sustitución de los siguientes documentos según dio a conocer el Servicio de Administración Tributaria (SAT):

  • Impresión de pedimento
  • Impresión simplificada del pedimento
  • Aviso consolidado
  • Pedimento parte II o copia simple

A que se refieren la regla 3.1.18., así como el formato de relación de documentos

Se hace del conocimiento  de los agentes aduanal, representantes legales o apoderados aduanales, podrán presentar la impresión del pedimento, cuando estén activos los sistemas informáticos en su aduana respectiva.

por medio de la página electrónica con la que cuenta el SAT, www.sat.gob.mx, encontraremos información útil como la del calendario en que se habilitaran los sistemas informáticos y su respectiva aduana dentro del territorio nacional, para que todos aquellos usuarios de comercio exterior implementen el sistema DODA.

Este nuevo sistema funciona bajo un esquema de despacho de mercancías sin presentación de los documentos anteriormente mencionados a través del formato DODA, usando el código de barras bidimensional denominado QR (Quick Response Code).